Algunas precisiones sobre la discusión entorno al “Acceso Abierto” y la “Propiedad Intelectual”
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Por: Profa. Patricia Rosenzweig Levy, Vicerrectora Académica de la Universidad de Los Andes.
Recientemente, ha circulado a través de diversos medios de “acceso abierto” de la Universidad de Los Andes, un documento intitulado: “ALGUNOS CONFLICTOS DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA EN LA ULA CON LA PROPIEDAD INTELECTUAL”, suscrito por la Profa. Astrid Uzcátegui, coordinadora general de la Unidad de Gestión de Intangibles (UGIULA). En tal sentido quisiera, en mi calidad de Vicerrectora Académica de la Universidad de los Andes, hacer algunas precisiones que son necesarias para aclarar algunos conceptos y supuestos que el documento ha generado:
1) Este documento, según asevera la Profa. Uzcátegui, responde a un requerimiento del Equipo Rectoral; sin embargo, en mi calidad de Vicerrectora Académica, debo señalar que nunca conocí de tal solicitud, y por lo tanto nunca la suscribí. Por otro lado, en ningún momento se pidió opinión al Vicerrectorado Académico sobre la necesidad de elaborar ese informe, especialmente cuando el tema involucra aspectos académicos de altísimo interés para el desarrollo del quehacer universitario. Y si ese fuera el caso, nuestra opinión seguramente habría tomado otra dirección, decantando por abrir un espacio de consulta a todos los niveles con académicos propios y foráneos, para dar luces sobre los diversos temas que se contabilizan en ese documento.
2) Ahora quisiera entrar a hacer algunas precisiones sobre los temas desarrollados en el documento. En cuanto a la sección sobre “Las cuestiones planteadas alrededor de las revistas académicas de la ULA”, y que se refiere al uso que las revistas venezolanas han dado a los términos: “Editor” y “Publisher”, debo comenzar por señalar que en el documento se hace una interpretación altamente subjetiva y discutible, que confunde y puede llevar al error. Traduciendo correctamente del inglés, el término “Editor” hace referencia al responsable de lo que se publica, mientras que el término “Publisher”, alude al patrocinador de la revista; esto es, el que la financia. Realizando una revisión en las revistas científicas españolas, mexicanas, argentinas, colombianas o chilenas, encontramos que el término “Editor” generalmente se mantiene como en referencia directa a la persona responsable de la revista y, por su parte, el “Publisher” aparece identificando en el copyright a la “Institución Editora” o con la frase: “Revista editada por …”.
En todo caso, está muy claro que el término “Editor” utilizado en las revistas institucionales nunca se confunde con el “Publisher”, son dos cosas diferentes, y así lo han venido haciendo las revistas de la Universidad de Los Andes. Por lo tanto, los profesores que han dedicado todo su trabajo por años a las revistas de la ULA, están en todo su derecho de usar la denominación de “Editores”, sin que ello se encuentre en contradicción con el derecho y la responsabilidad que tiene la ULA como casa o institución editora; es decir, como “Publisher” de esas mismas revistas. Reitero, en la ULA, los Editores de las revistas tienen muy claro las funciones que cumplen como responsables de los procesos editoriales de las revistas, y nunca han usurpado el papel del “Publisher” o “Entidad Editora”, reservado exclusivamente para la Universidad de Los Andes. En conclusión, no se puede quitar la denominación de “Editor” a los académicos que vienen dirigiendo las revistas en la ULA, esto traería una grave confusión, especialmente en el ámbito internacional, y causaría un daño irreparable a las revistas.
3) En el caso del “Acceso Abierto” a las revistas, no se entiende la razón de plantear una controversia sobre esta posibilidad, especialmente cuando los propios autores, la mayoría de ellos profesores universitarios, tienen la posibilidad, y así lo están haciendo, de agregar sus artículos en la modalidad de acceso abierto en sitios como ResearchGate, Academia.edu o Google Scholar, que son utilizados por diversas fundaciones o instituciones, como indicador para cuantificar la visibilidad de un investigador o una institución. Por otra parte, se propone un debate entre los alcances de las Declaraciones de Budapest, Berlín y Bethesda, que plantean el “acceso abierto” y el “conocimiento libre”, y lo que la ULA viene asumiendo como política en esta materia. Merece la pena destacar que el libre acceso ha sido para los investigadores, y por ende para las instituciones a las que pertenecen, una oportunidad para:
a) Difundir sus publicaciones sin tener que esperar meses y años para que sean conocidas en el mundo y reconocidos como autores de éstas.
b) Aumentar el impacto y valoración científica de los autores.
c) Mejorar el ranking de la universidad.
d) Ejercer el acceso libre y gratuito a muchas publicaciones de elevada calidad científica.
Luego, contrario a la opinión expuesta en el mencionado documento, el libre acceso permite a los autores tener un mejor control sobre sus publicaciones y sus derechos de autor.
4) La alusión que se hace en el documento de UGIULA a Redalyc, merece especial atención, pues existen imprecisiones y opiniones que no se ajustan a la realidad. Redalyc ha sido para la ULA una ventana hacia el mundo, especialmente para nuestras revistas, pues se ha preocupado porque éstas mejoren sus procesos editoriales y por ende crezca el impacto que tienen a nivel internacional. Adicionalmente, Redalyc se ha preocupado por prestar asesoría a editores. Además, las revistas de la ULA solo se han beneficiado de la interacción con esta plataforma y han mejorado su nivel de indización y su visibilidad. La relación de la ULA con Redalyc siempre ha sido beneficiosa, lo cual se ha demostrado inclusive con argumentos desde la cienciometría, tal y como se desprende del libro: “Informe sobre la producción científica de Venezuela en revistas iberoamericanas de acceso abierto en redalyc.org (2005-2011)”, el cual fue premiado en la VIII convocatoria del Premio Nacional del Libro (2012-2013).
5) Se hace una mención a “La aparente adhesión de algunas autoridades y profesores de la ULA a la cultura libre y el acceso abierto”; aquí, se debería tener mucho cuidado sobre las afirmaciones que se están realizando, pues este punto atenta contra la libertad y el derecho que tienen los universitarios de pertenecer a sociedades científicas, o a iniciativas mundiales que tienden a favorecer la investigación y el desarrollo de las naciones.
6) Sobre la cuestión de “La visibilidad de los artículos de las revistas académicas de la ULA”, encontramos una de las mayores confusiones del documento, pues se está mezclando el tema “visibilidad” con el tema de “mejorar el impacto de la producción académica” y, por otro lado, con el tema de “mejorar la rigurosidad científica”. Se dicen cosas en el documento como que: “Cuando se produce ciencia de calidad, más vale andar solo que mal acompañado”, una expresión que abre un conjunto de polémicas, y cuyos alcances son discutibles, especialmente en un momento histórico en el cual todos los apoyos que se puedan dar a la ciencia venezolana no sobran, sino que hacen falta.
En conclusión, el documento despierta una serie de polémicas cuya prioridad es discutible, especialmente cuando una profunda crisis agobia a las universidades venezolanas y, adicionalmente, los temas allí tratados requieren una “discusión abierta”, tanto dentro de la ULA como fuera de ella, pues las decisiones que en esta materia se tomen, repercutirán, por ejemplo, en la actividad de las revistas de la ULA. Este es un debate que debe producirse sin afectar ni descalificar las iniciativas de libre acceso, que, por otro lado, le han brindado tantas oportunidades a la ULA y le han dado tanta visibilizada a su producción científica y a sus investigadores.