Acordada modificación del Art. 3 del estatuto de Fonprula
Será presentada ante el CU el próximo lunes
Este miércoles se acordó la redacción definitiva de la extensión del Artículo 3 del estatuto del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Los Andes (Fonprula), el cual hace referencia al “objeto” del mismo y será el único que sufrirá modificaciones, siguiendo lo acordado en la asamblea general de jubilados que tuvo lugar el miércoles 19 de mayo en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (Faces).
La información la brindó el rector de la Universidad de Los Andes (ULA), Mario Bonucci Rossini, quien explicó que la nueva redacción se ajusta a lo que había sido solicitado, en el sentido de que se pueda dedicar parte de los recursos a la previsión social. La propuesta que se hace del Artículo 3 quedó elaborado en los siguientes términos: “Fonprula tiene como objeto colaborar con la protección social del personal docente y de investigación de la Universidad de Los Andes mediante las siguientes acciones: 1.- Contribuir con la Universidad de Los Andes al pago que ella debe hacer del monto de las jubilaciones y pensiones otorgadas o por otorgar a su personal docente y de investigación, aportando al menos el 30 por ciento de sus ganancias operativas”.
Continúa “2.- Contribuir con el programa de hospitalización, cirugía y maternidad (HCM) del personal docente y de investigación de la Universidad de Los Andes que administra el IPP con al menos 30 por ciento de las ganancias operativas, a estos fines sus actividades deben encaminarse a la conservación de su patrimonio, utilizando los medios factibles dentro del sistema legal vigente”.
El Rector resaltó que se está otorgando “el 30 por ciento de las ganancias operativas”, es decir de la utilidad, tanto para el pago de pensiones y jubilaciones como para la colaboración al IPP, informando que el Consejo Universitario conocerá la propuesta este lunes 31 de mayo, la cual será presentada como moción de urgencia.
Asimismo, Bonucci informó que se ha solicitado a la Consultoría Jurídica de la universidad que haga un acto motivado sustentado esencialmente en la comunicación de respuesta que diera el director de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu), Antonio Castejón, a la solicitud de uso de estas ganancias operativas para previsión social que él mismo le presentó a finales del año pasado.
“Esto quiere decir que si Opsu está avalando la transferencia de recursos de las ganancias operativas de Fonprula a previsión social, lo cual significa que como política pública está reconociéndose que estas ganancias pueden usarse para tal fin”, afirmo el Rector, calificando el hecho como la materialización de una vieja aspiración de la comunidad universitaria que no se había podido dar por la forma como había sido presentada la modificación estatutaria.
Finalmente, explicó que de esta manera quedó descartada la modificación de 26 artículos y la eliminación de 13, que había sido presentada anteriormente, ya que es el Art. 3 el único que importa a los profesores pues Fonprula ha funcionado siempre de manera efectiva y transparente con los estatutos que tiene. La reunión tuvo lugar en la oficina del secretario de la ULA, José Andérez Álvarez, y además del Rector estuvieron presentes el presidente de la Asociación de Profesores de la ULA (Apula), Luis Loaiza; Eleazar Ontiveros, presidente de la Seccional de Jubilados de Apula; Leo Contreras, presidente de Fonprula y la consultora jurídica de la universidad, Raiza Ojeda de Ilija.