Comunicado del Consejo Universitario - Caso: Invasiones terrenos de Campo de Oro


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
CONSEJO UNIVERSITARIO

A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA, DE MERIDA Y EL PAÍS

El Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en uso de las atribuciones legales que le confiere el artículo 26 de la Ley de Universidades:

El día 19 de febrero de 2010, en horas de la noche, fueron invadidos los terrenos de la Universidad de Los Andes, adyacentes a la Dirección de Ingeniería y Mantenimiento, en el Sector Campo de Oro. Desde ese día, también han sido invadidos en la ciudad de Mérida otros terrenos pertenecientes a la universidad, a la Alcaldía del Municipio Libertador y a personas naturales y jurídicas.

De las conversaciones sostenidas con los invasores de los terrenos universitarios, se desprende que, su principal objetivo es tomar las propiedades para que el Gobierno Nacional desarrolle en ellas proyectos habitacionales, aduciendo que son terrenos baldíos y que no existen proyectos para el uso de los mismos.

La presencia de los invasores en los terrenos señalados, ha suscitado enfrentamientos y está a punto de transformarse en un problema de seguridad pública, por cuanto se impide ilegalmente al personal universitario el acceso a los mismos, y el cumplimiento del trabajo asignado al personal de la Dirección de Ingeniería y Mantenimiento.

CONSIDERANDO

Que la Universidad de Los Andes es una institución profundamente arraigada en la sociedad, que a lo largo de su historia ha crecido en armonía con las ciudades y pueblos en los que lleva adelante sus actividades, siendo un polo de desarrollo que ha generado bienestar y ha contribuido en forma definitiva a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la región andina y del país.

CONSIDERANDO

Que la Universidad de Los Andes, a lo largo de su historia, ha donado y cedido en comodato numerosos terrenos para que pudieran realizarse desarrollos y construcciones de tanta significación para los merideños, como son: el Hospital Universitario, las Urbanizaciones Humboldt, Los Sauzales, Santa Juana, Fray Juan Ramos de Lora y  Santa María, el Jardín Botánico, las instalaciones de la Cruz Roja Venezolana y la Plaza de Toros, entre otras.

CONSIDERANDO

Que los terrenos invadidos son legal y legítimamente propiedad de la Universidad de Los Andes, y están destinados al crecimiento natural de nuestra Máxima Casa de Estudios, y que en ellos está prevista la construcción de edificaciones para el desarrollo de la docencia, la investigación y la extensión; actividades que necesariamente se traducen en respuestas a los diferentes problemas que aquejan a nuestra sociedad.

CONSIDERANDO

Que en los terrenos de Campo de Oro se desarrollará próximamente el Campo Biomédico, comenzando por la construcción de la Facultad de Odontología y posteriormente, la Facultad de Medicina, los Institutos de Microscopía Electrónica, el Hospital Materno-Infantil, el Banco de Sangre, el área de crecimiento natural del IAHULA y el Comedor Estudiantil para el sector sur de la ciudad, así como diversas áreas de esparcimiento que beneficiarán a las comunidades adyacentes.

CONSIDERANDO

Que los terrenos del Jardín Botánico de Mérida son propiedad de la Universidad de Los Andes, representando un espacio invalorable para las actividades de docencia, investigación, extensión y la recreación de los merideños y donde se desarrollan programas de salvamento de especies en peligro de extinción; además de constituir esos espacios la zona protectora del Río Albarregas.

CONSIDERANDO

Que la universidad de Los Andes posee un conjunto de proyectos para desarrollarlos en los terrenos de su propiedad (Campo de Oro, Jardín Botánico, Cucuchica, en Tovar, Escuela de Medios y Núcleo de las Artes, entre otros), y que éstos no han podido llevarse a cabo por falta de recursos económicos que deberían haber sido suministrados oportunamente por el Estado Venezolano.

CONSIDERANDO

Que los proyectos señalados se hicieron tomando en cuenta los planes de ordenamiento y desarrollo urbano de la ciudad y de la universidad misma, que orientan el crecimiento natural de los espacios universitarios, del Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes y de otros servicios médico-asistenciales que constituyen un invalorable aporte para el progreso social de los merideños.

ACUERDA:

1. Rechazar de manera contundente, la invasión de los terrenos universitarios y no universitarios, independientemente de las motivaciones que pudiera haber detrás de estos actos.
2. Exigir a las autoridades competentes el desalojo de los invasores y la protección de los terrenos en cuestión, por cuanto representan una parte importante del patrimonio institucional y se requieren para el cabal desarrollo de las actividades universitarias.
3. Ofrecer a las autoridades regionales y nacionales el aporte institucional mediante asesorías y proyectos para contribuir a resolver la gravísima crisis de vivienda que sufren los venezolanos.

Dado, firmado y sellado, en el Salón de Sesiones, en la ciudad de Mérida a los ocho (08) días del mes de marzo de 2010.

Mario Bonucci Rossini    /  Rector
Justo Miguel Bonomié Medina / Secretario   (E)


El presente comunicado fue aprobado con el voto salvado de:

Profesor Juan Carlos Villegas, Representante Profesoral Suplente del Profesor Guido Ochoa: “El texto aprobado por el Consejo Universitario es de escasa factura, con falta de rigurosidad académica, manifestando una vez más su carácter negador de los derechos del pueblo humilde de Mérida. En ninguna parte se hace mención a la nueva Ley de Tierras Urbanas, la cual le da un marco legal a la “custodia” de terrenos sin uso de la Universidad de Los Andes. Esas acciones del pueblo no niegan los derechos de la propia institución universitaria” (Fdo). Ilegible.

Profesor Heriberto Gómez Zabaleta, Delegado del Ministro del Poder Popular para la Educación Superior: “Salvo mi voto porque: 1. Se está aplicando una terminología inadecuada fuera de lo contemplado claramente en la Ley de Tierras Urbanas, en los párrafos 1, 2 y 3, considerandos 3 y 6 y acuerdos 1 y 2.” (Fdo.) Ilegible.

Bachiller Mervin Maldonado, Representante Estudiantil Suplente del Bachiller Miguel Marín: “Como Merideño y Universitario siempre defenderé el pueblo, la universidad y la verdad, es en este sentido y tomando como referencia los artículos 1 y 2 de la Ley de Universidades, Cito: “Artículo 1º. La Universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne a profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del hombre”. Artículo 2º. “Las Universidades son Instituciones al servicio de la Nación y a ellas corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales”. expreso de esta manera mi VOTO SALVADO como elemento de inconformidad sobre algunos elementos y motivaciones de este comunicado, ya que considero, no se han colocado todos los elementos concernientes a este caso, además no se han utilizado los términos correctos para expresar tal situación, y es la comunidad universitaria, que por su condición de academia nos demanda a este consejo la búsqueda de la verdad así como un mayor compromiso de nuestra Universidad con la Nación, brindando soluciones a los problemas que nos afectan a todos los venezolanos. Creo que debemos seguir ampliando nuestra visión de crecimiento universitario a la par del crecimiento nacional, a través del conocimiento, calidad humana, personal capacitado, infraestructuras, entre otros, pero sin dejar a un lado la sensibilidad y vinculación con la población, para lo cual, podemos aportar aún más como institución, pues contamos con las capacidades para lograrlo.” (Fdo.) Ilegible.

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