Foro Penal denunció que hay dos nuevos presos políticos en Mérida

En la gráfica los abogados del Foro Penal, Franki Márquez y Antonio Rivas Jerez, junto con la defensora activa Diana Fernández, conversando con las progenitoras y familiares de las víctimas de la detención arbitraria y hoy nuevos presos políticos.

El Foro Penal, seccional Mérida, denunció este jueves 8 de marzo que en la tarde del pasado lunes 5 de Marzo del 2018, fueron detenidos por el Sebin dos dirigentes estudiantiles de la Universidad de Los Andes (ULA), Jhohann Adolfo Lobo Goyo y MichaelI Efrén Labrador Ramírez. La detención ocurrió a pocos minutos de haber salido de un programa en la Televisora Andina de Mérida (TAM), donde hacían un llamado a las autoridades competentes para que solucionaran el paro de transporte que ocurre en la ciudad desde hace varios días y que llevó a la ULA a una paralización de las actividades académicas.

Estos estudiantes expresaron, conjuntamente con otros similares, que este paro perjudica el desarrollo normal de sus faenas estudiantiles, haciéndoles perder un tiempo valioso en sus estudios. Al mismo tiempo, los detenidos habían invitado a la concentración pacífica en la plaza Bolívar de Mérida para protestar contra el hambre y la pobreza en el país, que había sido convocada por la comunidad universitaria de la ULA. 

En este sentido, el Foro Penal en Mérida fue llamado para ejercer su defensa técnicaLa Audiencia de presentación fue realizada este jueves 8 de marzo del 2018, siendo las 11:25 am, trasladándose hasta la sede del Tribunal de Control Nro 3 a los estudiantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas  de la ULA (Facijup).

Constitudo el Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadal y Municipal, en Funciones de Control Nro. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, la Fiscalía de Sala de Flagrancias del Ministerio Publico del Estado Mérida, en esa audiencia, solicitó la aprehensión de los referidos estudiantes en flagrancia, imputándoles los delitos de:

1.- Incitación al odio agravado, 2.- porte ilícito de arma de fuego, 3.-resistencia a la autoridad, en concurso de delitos.

También solicitó 1.- Medida Privativa de libertad, la 2.- aprehensión como flagrante y 3.- procedimiento ordinario.

La defensa penal ejercida en nombre del Foro Penal por los abogados Antonio José Rivas Jerez y Franki Márquez, después de haber oído a los defendidos, se opusieron a tal imputación por las siguientes razones:

1) Como punto previo se denunció la violacion del derecho a la defensa y al debido proceso (Art. 49 Constitucional) por cuanto los funcionarios del Sebin les coartaron a las víctimas de esta aprehensión arbitraria el derecho a comunicarse tanto con sus abogados de confianza como con sus familiares, quienes desde el mismo momento de su aprehensión intentaron comunicarse con ellos en múltiples oportunidades.

2) Los abogados del Foro Penal rechazaron la pre-calificación del delito de Instigación al odio agravado, previsto y sancionado en los Arts. 20 y 21 de  la Ley Contra el Odio, por la Convivencia y Tolerancia para el Ciudadano, por cuanto las conductas desplegadas por las víctimas de la aprehensión arbitraria no encuadran en tales supuestos, pues se trata de dos estudiantes que fueron invitados a un programa de TV para tratar el problema del transporte en Mérida y a asistir a una concentración pacífica de protesta, que al salir fueron interceptados por funcionarios del Sebin sin su indumentaria, identificación y testigos, por lo que se trata es de un secuestro mas no de una aprehensión.

3)  En relación con los panfletos que dice las Fiscalía que les encontraron en su poder, no hay constancia en el expediente que los mismos hayan sido publicados o distribuidos para incitar al odio ni mucho menos a la muerte como lo pretende hacer valer la Fiscalía.

4) En cuanto a los supuestos instrumentos incendiarios que la Fiscalía dice que le fueron encontrados a los estudiantes, los mismos, si bien se encuentran en cadena de custodia, tales artefactos no fueron sometidos a una experticia quimica para comprobar o descartar la existencia de elementos quimicos que, junto con una experticia dactiloscópica, haga creíble la participación de los jóvenes estudiantes en la presunta comisión de los delitos imputados.

5) Respecto al arma de fuego que supuestamente les incautaron, no se individualizó a quien de los dos supuestamente pertenezca, basandose la Fiscalía solo sobre lo dicho por los funcionarios aprehensores, cuyas manifestaciones nunca podrán considerarse como elementos para imputarlos, pero además no se presentó tampoco una experticia dactiloscópica que vincule dicha arma con los estudiantes. 

6) Finalmente el Foro Penal solicitó la nulidad de las actuaciones, libertad plena para los muchachos y copias certificadas de la decisión.

El Tribunal una vez oídos los alegatos de la Fiscalía y defensas de los abogados del Foro Penal se retiró de la Sala por un lapso de una hora, y a las 3:00 pm, hizo los siguientes pronunciamientos:

1) Declara como flagrante la aprehensión de los estudiantes universitarios, aún cuando fueran detenidos arbitrariamente el pasado lunes 5 de Marzo.

2) Admitió la precalificacion del Ministerio Público de los delitos de Incitación al Odio Agravado, Resistencia a la Autoridad y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en concurso de delitos, previstos y sancionados en los Arts. 20 y 21 de la ley Contra el Odio, y 83 y 112 ambos del Código Penal.

3) Decretó Medida Privativa de Libertad.

En cuanto a la denuncia formulada en Sala por la defensa técnica del Foro Penal en contra de los funcionarios actuantes, el Tribunal hizo caso omiso a esta denuncia y ni siquiera se pronunció al respecto.  Los abogados del Foro Penal preparan los recursos jurídicos para impugnar esta decisión judicial. 

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