La ULA acató sentencias para la reforma del reglamento electoral
El Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes escogió, a través del voto directo y secreto, a los representantes de la comisión que reformará el Reglamento Electoral de esta casa de estudios y que será la fórmula para la elección de los decanos y representantes profesoral al CU, tal y como lo mandan las sentencias 58 y 59 de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
El rector Mario Bonucci informó que, en primer orden y como propuesta ante el CU votada por mayoría, dio cumplimiento a dicha sentencia bajo protesta, dado que es signatario de un recurso de nulidad con respecto a la Ley de Orgánica de Educación, aprobada en el año 2009 y que aún espera por una decisión del TSJ.
En segundo lugar se procedió a la selección de la comisión de nueve miembros, escogidos en orden de mayor votación, y la misma quedó conformada por Justo Miguel Bonomié (18 Votos), Juan Carlos Rivero (18), Raiza Ojeda de Ilija (18), Argimiro Castillo (17), Gerardo Tovitto (17), Ángel Andara (17), Leonardo Briceño (16), Alfonso Sánchez (15) y Yorvin Niño (14 votos).
Los otros nombres que entraron en votación pero no lograron la mayoría requerida fueron: Darío Garay (6) Br. Gaby Arellano (5), Guillermo Quintero (4), Juan Carlos Villegas (3), José Rafael Luna (3), Heriberto Gómez (3), David Díaz Miranda (3) Br Inder Romero (1).
Esta comisión tendrá un periodo de 30 días para el trabajo encomendado, que debe ser presentado ante el Consejo Universitario.
En tercer orden la autoridad rectoral, recalcando que fue respetuosa de ambas sentencias, dijo que la comisión debe elaborar un estudio sobre las implicaciones jurídicas y académicas, que conlleva la reforma del reglamento.
Trabajo complejo
El profesor Argimiro Castillo, en representación de la Comisión designada, declaró que lo que ha de afrontar este nuevo cuerpo es complejo y en cumplimiento de lo que expone la decisión del Tribunal Supremo de Justicia en las sentencias 58 y 59 para la participación electoral en el caso específico de las elecciones decanales y de representantes profesorales.
“Debemos manejar con el respectivo cuidado la reforma, dado que la Ley Orgánica de Educación, es inconstitucional y además tiene una demanda de nulidad interpuesta por los rectores de las universidades autónomas de Venezuela”.
Dijo que en este sentido debe buscar la conformación de la comunidad universitaria que esté acorde con la Constitución Nacional en su artículo 109 y la forma de proceder a estructurar el registro electoral. Esperan con estas expectativas poder ofrecer un encomiable trabajo para ser presentado ante el Consejo Universitario en los lapsos previstos.
“Particularmente, he conversado con mucha gente, con profesores, con personal administrativo y obrero, así como estudiantes y considero que en el caso de los egresados, que es una población muy voluminosa, hay que emprender un registro cuanto antes, en el cual quien no se inscriba, no tendrá derecho al voto”.
Refirió que la sentencia demarca en su argumento que esta participación es un derecho político, lo que significa que el registro se regirá por el marco constitucional cuyos partícipes han de ser nacionales y mayores de 18 años.
Para finalizar, expresó su sorpresa por la forma como el representante del Ministerio de Educación Universitaria irrumpió en el seno del Consejo, haciendo acusaciones y señalamientos altisonantes.
“Fue una situación incómoda que deja mucho que decir de un representante de este calibre. Estuvo totalmente fuera de lugar, puesto que se cumplió lo que manda las sentencias en los lapsos encomendados al rector para estos efectos de reforma”, dijo.