Debaten sobre Ley contra el Secuestro en Núcleo Táchira

Panel del foro sobre la ley contra el secuestro

Académicos y representantes de la Fuerza Armada y de organismos de seguridad del Estado estuvieron exponiendo y discutiendo el contenido de la “Ley contra el Secuestro y la Extorsión”, en un foro organizado por el Centro de Estudios de Fronteras e Integración, CEFI, del Núcleo “Dr. Pedro Rincón Gutiérrez” de la Universidad de Los Andes en el estado Táchira.

El panel de apertura de este foro estuvo integrado por las profesoras Morelba Rojas, coordinadora académica de la ULA; Luz Marina Maldonado, coordinadora de Extensión, y Raquel Álvarez de Flores, directora del CEFI.
La estudiante de Comunicación Social, Carmen Guerrero, quien abrió las exposiciones, mostró los resultados de una investigación periodística  sobre estos flagelos, en la que destacó los conceptos, distintas modalidades de estos delitos, e hizo una comparación de su presencia en distintos países.
Afirmó que el  primer secuestro de  carácter económico del que se conoce, ocurrió unos 1.500 años antes de Cristo y en Latinoamérica los primeros secuestros se produjeron entre los años '70 y '80.
En Ecuador, explicó la estudiante, el secuestro ha sido protagonizado por el hampa común, en Argentina los militares lo han utilizado con fines políticos y llegaron a desaparecer a muchas personas, y en Guatemala se produjeron 5 secuestros diarios en 1998, lo que llevó a castigar a los responsables  de este delito con prisión de 50 años.
En México fueron contabilizados 997 casos en 1997 y existían para ese momento 400 bandas activas en la comisión de este delito. En Colombia, este delito habría tenido sus orígenes en 1933; entre los años '50 y '60 fue emprendido por la delincuencia común y, en 1962, se habría producido “el primer secuestro con fines de extorsión por parte de las FARC”.

Venezuela y el secuestroEl coronel Morlets Fressner

En el país, de acuerdo con lo que apuntó Carmen Guerrero,  se registraron los primeros casos en 1976 y para el período de 1976-1989 se habrían producido 42 secuestros. Sólo en el año de 1988 se produjeron 25 casos y  en el 2001 se habrían producido 113 casos. Para  el 2008 la ocurrencia de este delito se habría elevado  a 385 casos.
Esta estudiante, al igual que el coronel Mario Morlets, quien participó en el foro en representación de la Dirección de los Servicios de Seguridad  de la Guardia Nacional, explicaron que la Ley contra el Secuestro y la Extorsión se ha venido discutiendo en Venezuela desde el año 2002 a instancias de la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea Nacional y fue efectivamente aprobada el 12 de mayo del año en curso, fue publicada en Gaceta Oficial número 39.194 del 05 de junio de 2009,  y su objetivo es "prevenir, tipificar y sancionar los delitos de secuestro y extorsión, y garantizar la protección de  la integridad física de las víctimas y sus bienes".
Señalaron que la ley consta de 30 artículos y prevé penas de entre  20 y 30 años de prisión para el caso del secuestro y 10 a 15 años para el de la extorsión. La ley posee agravantes cuando se produce contra menores de edad, adultos mayores, mujeres embarazadas,  personas con alguna discapacidad y contra o por parte de funcionarios; así como cuando este delito va acompañado de otros como la tortura, violencia física, sexual  o psicológica, entre otros.
El coronel Morlest Fressner destacó la relevancia de esta ley para fortalecer el trabajo de quienes, como los GAES –Grupo Antiextorsión y Secuestro- trabajan para combatirlo, en especial en lo atinente al aseguramiento de los bienes patrimoniales empleados o provenientes de la perpetración de estos delitos, los cuales serán puestos a la orden del Ministerio Público.
Asimismo, indicó que según esta ley, el Ministerio Público, al tener noticia sobre la comisión de algunos de los delitos tipificados en la misma, practicará las actuaciones útiles y necesarias para proteger la integridad física de la víctima, de sus parientes cercanos y sus patrimonios, a la vez que podrá solicitar la supervisión, vigilancia, regulación y control de los bancos, entidades de ahorro y préstamo y de otras instituciones financieras, notarías y registros públicos para la verificación patrimonial.

Conflictos políticos incidenEl politólogo Pável Rondón

En el análisis del politólogo Pável Rondón, ex embajador de Venezuela en Colombia, en la comisión de estos delitos participan personas procedentes de bandas delincuenciales de ambos países, así como miembros de grupos irregulares.
El profesor Rondón afirmó en su exposición que en algunas investigaciones se ha podido apreciar que en momentos en que se van a producir encuentros de presidentes u otras instancias gubernamentales a favor de la integración, aumenta la incidencia de este delito.
De igual manera, afirmó que, aunque en décadas pasadas el delito del secuestro podía verse localizado en la frontera común, el mismo se ha extendido a lugares distantes de ésta, en el caso de Venezuela; de manera que no se puede afirmar que sea un delito propio de los espacios fronterizos. Al tiempo de observar que el conflicto político interno que confronta en la actualidad  el hermano país, también ha hecho su contribución para mostrar una mayor incidencia en la ocurrencia de estos delitos.

Relevancia académica

Nutrida presencia de estudiantes en el foro
La directora del CEFI, doctora Raquel Álvarez de Flores, en declaraciones para los medios, puntualizó sobre la importancia de debatir desde la universidad sobre el contenido de la ley.
La profesora Álvarez de Flores explicó que la convocatoria a este evento se realizó buscando la representación de distintos poderes y sectores del Estado, representantes de asociaciones de productores, comerciantes  y académicos especialistas en el tema; en virtud de que la aprobación de esta ley era ampliamente esperada en Venezuela y dada su reciente aprobación se requiere darla a conocer hacia los distintos sectores de la sociedad.
La directora del CEFI apreció que es importante su estudio en la frontera, debido a que estos espacios han sido muy golpeados por la comisión de los delitos tipificados en esta ley, dada la amplitud de estos y la posibilidad de traspasarlos de un lado a otro por grupos irregulares. Asimismo, señaló que la posición de estos espacios y las secuelas del conflicto armado que vive Colombia han contribuido a que grupos al margen de la ley ejecuten este tipo de delitos para la obtención de recursos.
De allí, deriva  la importancia de que Venezuela pueda contar con esta nueva ley para tipificar y penalizar la comisión de estos delitos que, además de daños físicos  y patrimoniales, en muchas oportunidades dejan secuelas psicológicas difíciles de erradicar en sus víctimas y familiares.
En el nutrido foro también participó como panelista el licenciado Manuel Chacón, jefe de Laboratorio Criminalístico de la Región Andina del CICPC y estuvieron presentes, como invitados, representantes de organizaciones gremiales, empresariales y de algunas alcaldías de la entidad.
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